Ha  sido planteada la modificación de la Ley del Ejercicio del Periodismo  y cabe preguntarse: ¿Debe existir una Ley del Ejercicio del Periodismo  o una Ley del Periodismo? La respuesta es el punto de partida de cualquier  debate. 
   Las  leyes de ejercicio profesional forman parte de una etapa en la cual  se reguló a las carreras tradicionales, que son aquellas en  las cuales el egresado universitario es un profesional que otorga sus  prestaciones directamente a un usuario (cliente, paciente), que  le cancela los honorarios por los servicios recibidos. Es esta fórmula  contractual, la que domina la temática normativa. 
   Fue  así como durante el predominio de la exclusiva concepción del ejercicio  profesional como una prestación individual, se regularon las carreras  universitarias, que implicaban la relación de un prestador de servicios  con un usuario: así la Ley del Ejercicio de la Medicina; de la   Odontología; de la Abogacía. Al surgir nuevas carreras, carentes del  indicado carácter, sin embargo, se las siguió sometiendo al mismo  régimen.
   Es  por lo anterior que creemos que en estas nuevas profesiones de corte  diferente al tradicional lo que interesa es que se regule a la profesión  como tal constituyéndose en un texto organizativo; de las formas  de prestación y del perfil del prestador.
       Por lo que atañe a la necesidad o nó de la reforma de la ley del periodismo,  aún cuando dudemos de la validez de los parámetros que la fundamentan,  la respuesta tiene que ser positiva, nó por razón del tiempo de su  vigencia, sino porque entre el momento de la promulgación y el presente,  se produjeron hechos que han modificado el régimen jurídico del país.  En efecto, la ley de 1994 fue dictada bajo la Constitución de 1961;  en cuanto que la Constitución Bolivariana de 1999, significa un   cambio profundo en la vida nacional.
   Por  si ello fuera poco, hay un factor fundamental que se ha ido delineando  en este período, y es la presencia del poder mediático, es  decir, los medios de comunicación como factores determinantes de  influencia político-social: como una de las armas más importantes  en la sociedad. Este enorme valor de la figura se complementa y activa  con la internacionalización, o globalización. 
Hay una tercera razón de importancia para el cambio, y es que ese poder mediático actual, es un poder desbordado, sin frenos, porque tiene un escudo constituido por el sacrosanto “derecho de expresión”, entendido como un derecho más sagrado que la vida y que la dignidad, ya que surgió a través de la lucha en contra de las tiranías y, al ser ese el origen de su fortalecimiento, adversarlo significa estar ligado a lo que se le opone: las dictaduras, las mordazas, las censuras.
   El  derecho de expresión se ha trasformado así en una coraza que se ostenta  para cubrir cualquier desafuero. Recuerda a la imagen de los niños  utilizados para cometer fechorías, dada su impunidad.  
Si se mantiene el mismo corte que tiene actualmente la ley, el punto fundamental de su reforma debe estar en el reconocimiento de las distintas maneras del ejercicio del periodismo y en la diversidad de sus instrumentos. Aquí el legislador debería acercarse al uso de las nuevas tecnologías y formas de divulgación y, con la generosidad que debe ser propia de un régimen como el actual, debe acoger todos las iniciativas que están operando en la base de la población para que se fortalezcan las novedades existentes, como lo son entre otros, los medios alternativos.
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